- 10 octubre, 2023
- Posted by: Cristóbal
- Categories: Información fiscal, Información laboral, Información legal


A partir del 1 de octubre, se llevó a cabo un cambio significativo en la cotización de jornadas a tiempo parcial que merece tu atención. Esta modificación tiene un impacto positivo en la cotización y el acceso a prestaciones de la Seguridad Social.
Hasta ahora, los días trabajados a tiempo parcial se contabilizaban de manera proporcional, lo que a menudo dejaba a los trabajadores a tiempo parcial en desventaja. Sin embargo, a partir de esta fecha, la jornada a tiempo parcial se equiparará con un día completo cotizado.
Esta equiparación se aplicará no solo a los periodos trabajados a tiempo parcial a partir de octubre de 2023, sino que también tendrá un efecto retroactivo, abarcando periodos anteriores a esa fecha.
Es importante destacar que, aunque esta equiparación se aplique a los periodos cotizados, no tendrá carácter retroactivo para situaciones previas que hayan generado derechos a prestaciones antes del 1 de octubre de 2023.
La base de esta reforma se encuentra en el RD Ley 2/2023, que ha modificado el artículo 247 de la Ley General de la Seguridad Social, estableciendo lo siguiente:
“A efectos de acreditar los períodos de cotización necesarios para causar derecho a las prestaciones de jubilación, incapacidad permanente, muerte y supervivencia, incapacidad temporal y nacimiento y cuidado de menor se tendrán en cuenta los distintos períodos durante los cuales el trabajador haya permanecido en alta con un contrato a tiempo parcial, cualquiera que sea la duración de la jornada realizada en cada uno de ellos”.
Esto significa que la jornada parcial se considerará a tiempo completo para el cómputo de los periodos cotizados en relación con las siguientes prestaciones:
- Jubilación.
- Incapacidad permanente.
- Muerte y supervivencia.
- Incapacidad temporal.
- Nacimiento y cuidado de menor.
Esta medida, impulsada por la doctrina resultante de las Sentencias del Tribunal Constitucional 91/2019 y 155/2021, beneficia a más de 2 millones de trabajadores, especialmente a las mujeres que a menudo optan por trabajos a tiempo parcial para conciliar la vida familiar y laboral.
Además, esta reforma va acompañada de otras medidas importantes, como un aumento en el complemento para reducir la brecha de género y la adaptación del período para calcular la pensión de jubilación.
En resumen, a partir del 1 de octubre, las jornadas parciales se empezaron a cotizar como jornadas completas, lo que brindará beneficios significativos a los trabajadores a tiempo parcial y, en particular, a las mujeres. Esta medida es un paso importante hacia la igualdad en el ámbito laboral y la seguridad social.
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